Basicamente la principal diferencia es que en los leves la pena máxima es de 3 meses, son más o menos los antiguos juicios de faltas, y en los juicios rápidos la pena puede ser de prisión hasta 5 años, y hasta de 10 años si no es de prisión.
Los juicios de delitos leves, siempre los celebra el juez de instrucción, sin embargo los juicios rápidos solo pueden celebrarse por el juez de Instrucción durante la Guardía si hay conformidad, de lo contrario, es decir si no hay conformidad, por la pena que llevan se celebran ante el Juez de lo Penal.
Espero haberte aclarado algo